Ecoaldea en Medellin

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viernes, 15 de octubre de 2010

Cómo Puedo ser Ecoaldeano?

Te invitamos a ser parte de nuestra comunidad en cualquiera de las formas que se explican a continuación:

ARTÍCULO 5 - Los asociados serán, administrativamente, así considerados:

I - EFECTIVOS: los Fundadores que se comprometieron como tales al firmar este Estatuto, u otras personas que posteriormente pasen el Procedimiento de Admisión, todos los cuales, adoptando como Misión las Finalidades Fundamentales de la Comunidad, realizaron su aporte inicial en cualquier modalidad, dinero, trabajo o especie, están satisfaciendo puntual y espontáneamente el pago de las cuotas y mensualidades fijadas en los Acuerdos Previos de Convivencia aceptados por los Fundadores junto con este Estatuto, periódicamente revisadas y actualizadas por el voto mayoritario de los Miembros Efectivos, de acuerdo con las necesidades sociales;

§ 1- Los Miembros Efectivos se caraterizan por MANTENERSE CUMPLIENDO “LOS CUATRO COMPROMISOS”: residir, invertir y trabajar de forma permanente en la ECOALDEA XXXXXX XX XXX (o en su prolongación oficial en la ciudad próxima), y al día con las obligaciones que libremente aceptaron cumplir con la Comunidad.

§ 2 - Un Efectivo se convierte en Colaborador cuando se ausenta de la evolución comunitaria por más de dos meses, y necesita vivir un mes seguido de nuevo en ella para reactualizarse, y entender el espíritu y necesidades del momento, antes de poder volver a votar con consciencia sobre el rumbo de la ECOALDEA.

II - COLABORADORES: los componentes de cuadros especiales que, aunque no cumplen completos los 4 requisitos de residir, invertir y trabajar de forma permanente en la ECOALDEA XXXXXX XX XXX o en su prolongación oficial en la ciudad, y sin tomar parte en la administración de la Entidad, la ayudan a cumplir sus finalidades, a través de contribuciones a cualquiera de sus Departamentos;

III- BENEMÉRITOS: los que le presten relevantes servicios de cualquier orden a la Comunidad.

§ 1- Para ser admitido como asociado “EFECTIVO” es necesario que el pretendiente haga una propuesta escrita a la Dirección. Si aceptada después de legalizado este Estatuto, tendrá que pasar por el Procedimiento de Admisión establecido en los ACUERDOS DE CONVIVENCIA de la ECOALDEA XXXXXX XX XXX. Finalizado un periodo de Aspirantazgo marcado, deberá ser confirmado como Miembro de pleno derecho, por la votación mayoritaria de los otros Asociados Efectivos.

§ 2- Para inscripción en los cuadros especiales de “COLABORADORES” sólo se precisa emitir la respectiva propuesta a Dirección, quien puede aprobarla temporalmente, pero la hará confirmar por la Asamblea General, si tiene que ver con disposiciones así establecidas en los Acuerdos de Convivencia.

§ 3- Para que alguien ascienda a la clase de “BENEMÉRITO” se necesita propuesta justificada de la Dirección y aprobación por Asamblea General.

§ 4- Colaboradores y Beneméritos pueden asistir a las Asambleas Generales y hasta tener voz en ellas cuando invitados por la mayoría de los Miembros Efectivos presentes, igual que ciertos técnicos y asesores externos que eventualmente pueden cooperar. Sin embargo, sólo podrán votar los EFECTIVOS, por ser los únicos Asociados de comprometimiento total y continuo con la ECOALDEA XXXXXX XX XXX, corazón del Proyecto, y con aquella prolongación o prolongaciones suyas en la ciudad que hayan sido oficializadas como territorio comunitario por la votación mayoritaria de los Miembros Efectivos..

Cualquier info adicional, en el vínculo de contactos o al email ecoaldea2010@gmail.com

Los Esperamos!!!!

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